En el capítulo anterior hemos esbozado un planteamiento de la situación actual que se presenta ante las PYMES. Creo que es conveniente decir que es complicado, no lo vamos a negar, y que afecta en mayor o menor medida a todos los sectores de la industria. Pero como siempre trato de indicar en mis artículos, difícil o complicado no significa imposible, en modo alguno. Son situaciones que hay que saber identificarlas, condición no suficiente, pero sí totalmente necesaria. Una vez hecho un buen diagnóstico general y particular de cada situación, tenemos la palanca correcta para empezar a tomar decisiones. Vamos con ello.
Ante toda esta situación, los gestores de las PYMES industriales se enfrentan a unos meses complicados y muy críticos en algunos casos en los que dependiendo de las decisiones que se tomen, se sustanciará el futuro de sus empresas. No obstante, aportando luz a este tema, existen en la legislación española varias maneras mediante las cuales las PYMES pueden afrontar situaciones temporales de dificultad, además de los instrumentos antes mencionados (ERTEs o EREs). Me refiero fundamentalmente a medidas quizás más contundentes pero que bien llevadas a cabo pueden ser incluso más efectivas que las anteriores. Son la refinanciación, el preconcurso, la transmisión de la unidad productiva o el convenio anticipado. Veámoslas más en detalle:
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Refinanciación: esto está siempre sobre la mesa, y puede hacerse en cualquier momento. Otra cosa distinta es que los acreedores compren la idea. Para ello, en mi opinión, solamente debe hacerse cuando se disponga de un plan de viabilidad empresarial que permita estimar los ingresos y los gastos que confirme una liquidez suficiente para atender los compromisos del proceso. De lo contrario será jun proceso baldío, con un resultado conocido o que obligará a la empresa a aceptar unas condiciones muy difíciles de cumplir y frustrante.
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Transmisión de la unidad productiva: para esto es condición sine qua non que la empresa disponga de un plan de viabilidad razonable. En ese caso se puede conservar la actividad empresarial a través de la transmisión de la unidad productiva aun cuando no se haya aprobado un acuerdo con los acreedores.
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Preconcurso: otorga a los acreedores un período para negociar un escenario preconcursal de manera que se facilita la llegada a acuerdos.
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Convenio anticipado: se puede activar cuando la empresa no consiga alcanzar un acuerdo con todos los acreedores de refinanciación o reestructuración. Esto permite que se pueda plantear a los accionistas mayoritarios una propuesta de convenio de manera que se haga extensible al resto de los acreedores los términos aprobados por la mayoría.
En el caso de que la empresa atraviese por momentos especialmente complejos, los expertos consideran que es esencial contar con un Plan de Reestructuración. Esto hace que la empresa pueda anticiparse a la situación y pueda haber un asesoramiento integral continuado en el tiempo. Siempre es aconsejable anticiparse a las situaciones, pero más en este caso, en donde se pueden llevar a cabo acciones de carácter preventivo que ayuden a reaccionar a tiempo ante situaciones adversas.
Hay una última vía, a la que la empresa puede acudir en caso de necesidad, tanto más cuanto mayor sea ésta. Me refiero a la subasta de bienes. Hay que diferenciar dos situaciones:
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Que la empresa no esté en concurso de acreedores: en este caso, una empresa puede subastar parte de sus bienes por distintas razones, sea desinversión, deslocalización o venta de estocajes que no tiene salidas por los circuitos normales.
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Que la empresa esté en concurso de acreedores: en este caso, el proyecto entra dentro al 100% de la fase de liquidación. El administrador concursal, a través del Plan de Liquidación, que es la hoja de ruta, puede proponer llevar a cabo el mismo a través de subastas. Lógicamente debe ser ratificada or el juez. Es cierto que en España, la mayoría de los concursos de acreedores acaban en cierre de las empresas. Pero respecto a esto es importante puntualizar varias cosas:
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Según el Vicepresidente de la ASPAC-Asociación Profesional de Administradores Concursales, Unai Olabarrieta, el 90% de los concursos de acreedores son de pequeñas y medianas empresas, y el 40% llega con patrimonio negativo. O sea, se ha consumido el patrimonio de los socios, y se está trasladando todo el riesgo a los acreedores.
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Si analizamos este dato, esto indica que las empresas llegan tarde a los concursos de acreedores y en esas circunstancias, el Administrador Concursal solamente puede certificar el cierre de las mismas, comprobar si hay bienes, y pagar hasta donde se puede. Las PYMES, en muchos casos son empresas familiares y sus dueños están más concentrados en utilizar el concurso de acreedores para no perder la empresa que como medio para poder salvarla. Y cuando se dan cuenta de que deben entra en dicho concurso para evitar lo segundo, ya es demasiado tarde.
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En este sentido, la moratoria que salió en noviembre, según la cual, el Gobierno suspendió temporalmente la obligación de presentar concurso de acreedores que tienen todas las compañías, como muy tarde, dos meses después de saber que son insolventes, es un error, porque ahonda en el problema que se ha indicado en el punto anterior.
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Sin embargo, la ley permite hacerlo antes, no esperar hasta que no haya más remedio. Es decir, utilizar a los Administradores Concursales como expertos en lidiar con temas muy complejos y no simplemente como liquidadores.
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Todo esto arrastra un problema conceptual de base, y es creer que el concurso de acreedores está para salvar las empresas, cuando en realidad está para garantizar que los acreedores cobren, y para que su riesgo no crezca hasta el potencial impago. Si además, la empresa subsiste, mucho mejor.
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Hay que utilizar, por lo tanto el concurso de acreedores como un elemento que, en caso de no poder conservar la empresa tal cual está, permita a la compañía liquidar partes de su negocio e incluso, como hemos dicho antes transmitir la unidad productiva.
Como colofón a esta serie de dos artículos, cabe decir que las PYMES industriales deben ajustar su estructura de gasto, en vista de que esta crisis está siendo más larga de lo que inicialmente teníamos previsto en marzo de 2020. Por lo tanto es necesario poner en práctica una política contundente, no sólo cosmética, de responsabilidad en la gestión interna.
En definitiva, no deben estar esperando constantemente las ayudas del Gobierno, porque éstas se acabarán. Deben centrase en la liquidez, intentar renegociar sus deudas, ahorrar costes, y por supuesto, algo que está tan de moda, pero que no terminamos de ejecutar, digitalizarse.